Taller de Medio...'s profileRedaccion virtual (TMVC)...PhotosBlogListsMore ![]() | Help |
|
|
October 23 Peligra la educación públicaPROyectan privatizar las Cooperadoras Escolares El proyecto del diputado Oscar Moscariello iría en contra del ejercicio de la participación Les quitaría a los Cooperadores Escolares la decisión del destino de los fondos Se contrapone con la normativa que regula a todas las cooperadoras de la Ciudad Prohibiría a los padres intervenir en la currícula o los planes de estudio de sus hijos En la actualidad, las Asociaciones Cooperadoras se rigen por la Ordenanza 35.514 de 1980 aplicable a todas las instituciones ya sean un hospital, escuela, hogar, centro cultural o deportivo, biblioteca, entre otras. El proyecto de ley de “Asociaciones Cooperadoras de los establecimientos educativos de gestión estatal dependientes del Gobierno de la Ciudad” presentado por el legislador Oscar Moscariello y acompañado por los diputados Fernando De Andreis, Diana Martínez Barrios, Victoria Morales Gorleri y Mónica Lubertino del bloque de Propuesta Republicana (PRO) regularía sólo a las Asociaciones Cooperadoras Escolares en contraposición con la normativa actual que establece un marco jurídico para todas la cooperadoras de la Ciudad. En ese sentido, el Secretario de la Cooperadora del Centro de Formación Profesional Nº24, Adrián Arenas expresó que: “no puede haber una ley de cooperadoras, así como la plantean. Porque es un opuesto a lo que nos legisla en este momento, que es una Ordenanza del año 80, porque se estaría echando por tierra y dejando sin marco legal a todas las demás cooperadoras que no son escolares, como por ejemplo: las cooperadoras de los hospitales”. Otra de las cuestiones es que este proyecto oficialista intenta cercenar subrepticiamente la participación de los padres en la escuela. En principio reduce de siete a cinco el número de miembros para integrar las Comisiones Directivas e incorpora a la documentación que ya es obligatoria como los Libros: Diario, Inventarios y Balances, Bancos, actas de la Comisión Directiva y de Asambleas y Registro de Asociados, la emisión de un recibo oficial para todos los ingresos que perciban y la presentación de Cuadros Demostrativos de Recursos y Gastos en forma mensual y anual, que si bien se busca mayor transparencia en la práctica las Cooperadoras tendrán que contratar un profesional de la Ciencias Económicas. Además establece un Registro de Inhabilitados para ejercer cargos de administración o fiscalización en Asociaciones Cooperadoras con la finalidad de anotar a todos aquellos sancionados por irregularidades administrativas. Sobre este espíritu excluyente, Adrián Arenas sostuvo que “el proyecto de Moscariello es ir en contra del ejercicio participativo del cooperador, buscando sancionar, no solo a los integrantes de la cooperadora sino además busca sancionar a la función de la cooperadora, eliminándola”. Si se sanciona está Ley de Cooperadoras Escolares el destino de los fondos públicos, es decir los subsidios que envía el Gobierno porteño a las escuelas sería manejado por los responsables del establecimiento educativo y los cooperadores tendrían el rol de simples asesores. El texto del proyecto relativiza la entrega de fondos a las escuelas “pueden recibir subsidios o transferencias del Gobierno de la Ciudad” en contra de lo establecido en el artículo 42º de la Constitución porteña que dice que “La Ciudad asume la responsabilidad indelegable de asegurar y financiar la educación pública…”. Otro punto a considerar es que en la legislación vigente se puede elegir como organización cualquiera de las personerías jurídicas, en este proyecto legislativo sólo se podrá optar por conformar una asociación civil o como simple asociaciones. Con la salvedad, que se le informará a los padres las consecuencias de formar una simple asociación ya que “la responsabilidad de los asociados es mancomunada por las deudas sociales, por expresa remisión del artículo 46 y en particular al artículo 1747del Código Civil”. Conformar una Asociación Civil conlleva que “los asociados no tienen responsabilidad por las deudas sociales, puesto que la persona jurídica responde con su propio patrimonio” y si bien es sin fines de lucro sería entrar ya en el terreno de lo privado y no de lo público como lo es la educación según los preceptos constitucionales. Por último, hay que señalar que los padres que integren las Cooperadoras del PRO no podrán “Intervenir en la currícula o el plan de estudios del establecimiento educativo con el cual colaboran”, en contrario a lo que dispone la Ley N° 26.206 de Educación Nacional que establece que los padres podrán: “Participar en las actividades de los establecimientos educativos en forma individual o a través de las cooperadoras escolares y los órganos colegiados representativos, en el marco del proyecto educativo institucional” y tienen el deber de “seguir y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos” y se contrapone a la Carta Magna porteña que asegura “la participación de la comunidad y la democratización en la toma de decisiones” en el sistema educativo de la Ciudad. Esta normativa planteada desalienta la participación, ya qué sentido tendría para los padres exponerse en una tarea que corren con el riesgo de sanciones o de responder con su propio patrimonio si en definitiva ni van a decidir sobre los destinos de la educación de sus hijos.
TrackbacksThe trackback URL for this entry is: http://tallermediosvecinales.spaces.live.com/blog/cns!6AFC31FE5E593806!369.trak Weblogs that reference this entry
|
|
|